El
Jurado Nacional de Elecciones solicitó al Poder Ejecutivo que realice la
convocatoria a Elecciones Generales 2016, en las que se elegirán al Presidente
y Vicepresidentes de la República, congresistas y representantes ante el
Parlamento Andino.
El artículo 82 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de
Elecciones (LOE), señala que la convocatoria a Elecciones Generales se hace con
anticipación no menor de 120 días naturales y no mayor de 150, por lo que el
JNE sugiere que las elecciones de 2016 se convoque, mediante un Decreto
Supremo, el 12 de noviembre de 2015 o una fecha cercana a esta.
Por
otro lado, el artículo 16 de la LOE señala que las Elecciones Generales se
realizan cada cinco años, el segundo domingo de abril. En tal sentido, el 10 de
abril de 2016 se desarrollará el sufragio en mención.
Mientras
que el artículo 18 de la misma ley precisa que en caso de que ningún candidato
a la Presidencia haya alcanzado más de la mitad de los votos válidos, se
procede a efectuar una segunda elección entre los que obtuvieron la votación
más alta, dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los cómputos
oficiales. Por tal motivo, el JNE sugiere como fecha para la segunda elección
(segunda vuelta), en caso sea necesaria, el domingo 5 de junio de 2016.
No hay comentarios:
Publicar un comentario