miércoles, 9 de septiembre de 2015

EX ALCALDE Y REGIDORES TENDRÁN QUE DEVOLVER SUELDO Y DIETAS COBRADOS


(ECOS) La Contraloría General de la Republica determinó la existencia de responsabilidad civil por parte del ex alcalde Santiago Yuri Cano La Rosa y 10 de los 11 regidores de la comuna provincial de Huaura periodo 2011-2014, por haberse incrementado el sueldo y dietas en la segunda sesión de consejo en enero del 2011, es decir apenas asumieron funciones, contraviniendo la Ley de Presupuesto del Sector Público.

En ese sentido el ex alcalde provincial y los 10 ex regidores tendrían que devolver el sueldo y las dietas cobradas indebidamente, a la par que la Contraloría recomienda poner en conocimiento de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el informe especial.

EL AUMENTO

Como se recuerda, el 20 enero del 2011, en la 2da Sesión Ordinaria del Concejo Provincial, tras el Informe Legal Nº 021-2011-OAJ/MPH del 19 de enero 2011, el regidor Franklin Cornejo Nicho, pidió el incremento, el cual fue acordado por 10 regidores de entonces.

Fue el regidor Paúl Torres Francia de las filas del MODEP, el único que se opuso a este aumento y lo calificó de cuestionable desde todo punto de vista; incluso en la siguiente Sesión de Consejo planteó reconsiderar la medida y dejar sin efecto el acuerdo que fijaba el aumento, pero su pedido no prosperó.

AUMENTO VULNERÓ LA LEY

En su informe la Contraloría señala que el aumento de sueldo de Santiago Cano y las dietas de los regidores vulneró la Ley de Presupuesto Público 2011 que estipula que, “queda terminantemente prohibido todo tipo de incentivos, aumentos nivelaciones de sueldos en la municipalidades provinciales y distritales”, porque se afectaría dinero presupuestado para obras públicas considerados en el año fiscal.

Dada esta situación los ex regidores y el ex alcalde tendrían que devolver el sueldo y las dietas cobradas, a la par que deberán asumir las responsabilidades tras las acciones legales que iniciara la procuraduría del órgano de control.

Según el Acuerdo de Concejo Nº 007-2011 de 21 de enero, se aprobó la remuneración del Alcalde, a partir de enero de 2011, en S/.7,800.00 y las dietas de Regidores en S/.2,340.00, respectivamente; incrementándolas con relación a los importes establecidos en las normas específicas sobre la materia en S/.5,850.00 y S/.1,700,00, respectivamente; en ese sentido, se realizó el respectivo pago durante el período de enero de 2011 a setiembre de 2013 (fecha de corte de la auditoria), a pesar que el Gerente de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos habían emitido informes previos a la aprobación del referido acuerdo de concejo, advirtiendo las prohibiciones establecidas por las leyes de presupuesto; transgrediendo las medidas de austeridad y legalidad en el gasto público previstas en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Arto Fiscal 2011, que prohibía a las Entidades Públicas el incremento de remuneraciones y dietas cualquiera sea su forma.

Estos hechos ocasionaron un perjuicio económico a la Entidad (Municipalidad de Huacho) por la suma de S/.253, 628,00.

DENUNCIA DEL 2011

A propósito de este tema, hay que recordar que fue el ex asesor legal de la Municipalidad Provincial de Huaura Raúl Sánchez Carbajal quien el 19 de junio del 2011, presentó la denuncia penal contra Santiago Cano y 10 regidores de la comuna por los presuntos delitos contra la Administración Pública en la modalidad de Concusión, Cobro Indebido y Malversación, por haberse reajustado y posteriormente cobrado la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores, contraviniendo a la Ley de Presupuesto.

Además del alcalde Cano La Rosa, se denunció en aquella ocasión a los regidores; Marcelo Bejarano Escobar, Roque Sánchez Díaz, Giuliana Vizcarra Valcárcel, Antonella Valle Pimentel, María Chávez Aguirre, Sara Hinojosa Davila, Juan Carlos Gonzales Villena, Jacobo Avalos Dongo, Franklin Cornejo Nicho y Arturo Uribe Torres.

Visto el caso en el Jurado Nacional de Elecciones se desestimó el pedido de vacancia del entonces alcalde Santiago Cano; sin embargo, el Supremo Tribunal Electoral, acordó remitir a la Contraloría General de la República lo actuado, para que esta actúe conforme a sus atribuciones, por no haberse respetado las medidas de austeridad ni el presupuesto institucional de la Municipalidad Provincial.

DATO: Si bien es cierto la Contraloría ha señalado que hubo un perjuicio económico a la municipalidad de Huacho de S/.253, 628,00, este monto corresponde al período enero del 2011 a setiembre del 2013 (fecha de corte de la auditoria); no obstante las ex autoridades siguieron cobrando el ilegal incremento hasta finales de su mandato -diciembre del 2014-, lo que aumenta el monto cobrado indebidamente, superando los 400 mil nuevos soles.

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