La Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía dispuso que las Sociedades de Beneficencia
Pública no estén comprendidas dentro de
los alcances de la ley 29874 que fija una escala base para el otorgamiento de
incentivos laborales a través del CAFAE.
Por cuanto su característica
de financiamiento no constituye pliegos presupuestarios según la ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, dado que dichas entidades no tiene aprobado
créditos presupuestarios en la ley de presupuesto del sector público.
Razones por las cuales
pueden seguir financiando con recursos directamente recaudados las transferencias
de recursos a los Comités de Administración del Fondo y Estímulo (CAFAE).
Una medida que responde a la
jornada de lucha emprendida con marchas y reclamos de forma pacífica que dichas
instituciones emprendieron a nivel nacional.
Para Luz Risco Yupanqui,
presidenta de la Beneficencia Pública de Huacho, la situación representa una
solución momentánea entre tanto esté pendiente la aprobación de la ley de Beneficencias
y otorgue un respaldo legal a estas instituciones.
“Y ordene a los patitos feos
del presupuesto público que son las beneficencias, pasen a formar parte del
sector público y les den el beneficio” dijo.
“Que esté incluido dentro de
la ley 276 en la cual estén incluidos en sus planillas de remuneraciones este otorgamiento
que se les dé el CAFAE y sea subsidiado” acotó.
Son 27 trabajadores que
reciben 400 soles como parte de estos beneficios que la institución asume de
sus propios recursos el pago, a diferencia de otras entidades donde el mismo lo
hace el estado.
3 comentarios:
tendrán ese Oficio del MEF para leerlo? Gracias
Estimado tendrás el escrito del MEF que señala eso Gracias
El Oficio es el N° 553-2012-EF/50.06
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